Gran Maestre
Suprema jerarquía de la Orden. Preside el Capítulo General. Ostenta la más alta dignidad y representación de la Real Orden.
Vice Gran Maestre
Ostenta la representación, por delegación, del Gran Maestre. Expide los títulos en su nombre.
Co-Presidente del Capítulo Directivo. Tiene la máxima responsabilidad de los cometidos funcionales y jerárquicos sobre el Lugarteniente Mayor, Gran Canciller, Consiliario y Tesorero Contador.
Presidente
Junto con el Vice Gran Maestre, ostenta el cargo reglamentariamente, el titular de la Archidiócesis de Valencia.
Lugarteniente Mayor
Ostenta la representación, por delegación, del Vice Gran Maestre. Es el responsable de la puesta en marcha y seguimiento de los acuerdos del Capítulo General y Capítulo Directivo . Es así mismo es el Fiscal de la R.O., supervisando además la labor de las Encomiendas
Gran Canciller
Es el secretario del Capítulo General, Capítulo Directivo, así como de las Comisiones de Trabajo de la R.O., ocupándose de la pureza de todos los actos que se acuerden y de llevarlos a término mediante el apoyo logístico que requieran, muy especialmente en el terreno burocrático y de gestión administrativa.
En ausencia del Vice Lugarteniente y superiores jerarquías, coordinará las funciones del Capítulo Directivo.
Consiliario
Es el responsable de las funciones religiosas de la Real Orden y el promotor de todos los valores religiosos y de urbanidad de los miembros de la misma.
Tesorero Contador
Es el responsable de las finanzas y tesorería de la Real Orden, así como de su patrimonio.
Igualmente de los libros propios de este cometido.
Vice Lugarteniente
Sustituye, mediante delegación expresa, al Lugarteniente Mayor, así como ayuda a éste en su cometido funcional.
Vice Canciller
Sustituye, mediante delegación expresa, al Gran Canciller, ayudándole en su cometido funcional.
Vocales Natos. Son las personas que pertenecen al Capítulo Directivo por razón del cargo que los vincula a la Real Orden, reconocido en los Estatutos. Su mandato dura lo que dure su permanencia en el cargo por el que adquieren su condición.
Vocales Electos. Son las personas que pertenecen al Capítulo Directivo por elección del mismo.
Capitulo General. su mandato dura 4 años.